CAUCultura Portal cultural · CAU

CAUCultura

Términos y Condiciones

CAUCultura es un portal cultural, ideado y creado por la Comisión de Cultura del Colegio de Abogados del Uruguay (CAU), con el fin de difundir todas las manifestaciones y eventos culturales que la Comisión entienda de interés, y hacer conocer y dar difusión pública de las obras artísticas y culturales, en toda su extensión, de los abogados socios del Colegio.

Invitamos a los socios interesados a comunicarse realizando la solicitud de publicación, mediante el correo electrónico del portal. Los integrantes de la Comisión de Cultura realizarán una evaluación final, definitiva e inapelable de la obra que se desee publicar.

En la solicitud el socio deberá realizar una breve reseña biográfica del autor y otra de la obra, aceptar las condiciones de publicación expresadas en esta página, y exonerar de toda responsabilidad y todo pago por indemnización pecuniaria o derechos de autor o de imagen por la obra, datos, y/o imágenes publicadas, al CAU y a los miembros de la Comisión de Cultura.

Toda participación en el portal cultural deberá ajustarse a los límites dispuestos por las normas estatutarias del CAU, o cualquier norma nacional o internacional, previniendo las expresiones que contengan o promuevan discriminaciones de género, raza, religión, cultura, edad, idioma, o condición económica, física y/o mental, y aquellos contenidos que sean políticos partidarios, agresivos, xenófobos y de discurso de odio de cualquier índole.

Se entenderán por obras artísticas y culturales publicables o promovibles por el portal cultural, aquellas manifestaciones y expresiones del pensamiento humano de naturaleza cultural que contengan mínimos estéticos y de elaboración artística e intelectual. Naturalmente, esto no comprende las obras creadas pura y exclusivamente con inteligencia artificial, pudiendo admitirse aquellas obras en las que la inteligencia artificial haya sido utilizada como herramienta auxiliar y parcial, siempre y cuando el autor deje expresa constancia de tal uso.

Queda excluido además todo lo que sea esfera de acción habitual del CAU, como lo atinente a cuestiones gremiales, temas de interés exclusivamente jurídico, ética profesional, planteos individuales o colectivos sobre actividad profesional, y demás.